Condenan al SERGAS a indemnizar unos padres en la cantidad de 20.000 euros por un error de etiquetado en el laboratorio.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº1 de Santiago de Compostela condenó al Sergas al pago de una indemnización de 20.000 euros por el error cometido por el Laboratorio concesionario del Sergas, lo que determinó que la gestante interrumpiese voluntariamente su embarazo.
La gestante se sometió a una amniocentesis para la detección de alteraciones genéticas. Los resultados ofrecidos por el Laboratorio indicaron que el feto era portador de una alteración genética compatible con un Síndrome de Down. A la vista de dichos resultados, la gestante interrumpió voluntariamente su embarazo. A las pocas semanas de la interrupción, el Laboratorio envió una carta reconociendo un error en el etiquetado de las muestras y que la amniocentesis practicada correspondía a un feto normal. La Juzgadora reconoce una indemnización de 20.000 euros a los progenitores por el daño moral sufrido.