El Tribunal Superior de Justicia de Galicia confirma la sentencia de instancia por la que se condena a la Administración Sanitaria a abonar la cantidad de 52.000€ a los familiares de un paciente fallecido en su domicilio por un infarto agudo de miocardio.
El paciente había recibido el alta domiciliaria el día anterior a pesar de haberle sido efectuado un electrocardiograma cuyo resultado fue anormal.