La Conserjeria de Sanidad de Madrid tendrá que indemnizar por el fallecimiento de un paciente tras un diagnostico tardío

La Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha condenado a la Conserjeria de Sanidad de la Comunidad de Madrid a indemnizar con 110.000 € a los padres de un paciente que falleció por un diagnostico tardío de carcinoma epidermoide de lengua.
El paciente, de 29 años de edad, acudió a la consulta de su Médico de Cabecera en mayo de 2002 por presentar unas lesiones en la piel y en la lengua. Fue diagnosticado de micosis. En enero de 2003 volvió a consulta persistiendo el mismo problema, manteniéndole el diagnóstico y cambiándole la medicación.
En junio de 2003 vuelve a la consulta de la médico de cabecera quién decide enviar al paciente al Servicio de Dermatología donde le aprecian lesiones blanquecinas algodonosas en la lengua, no mejorando con el tratamiento prescrito. El dermatologo decide cambiar la medicación.
En febrero de 2004 el paciente ingresó en el Servicio de Cirugía Maxilofacial del Hospital Gregorio Marañón dado que continuaba con las mismas lesiones, en donde le practican una biopsia que mostró la existencia de un carcinoma epidermoide de lengua.
En abril de 2004 fue intervenido quirúrgicamente. La Anatomía Patológica de la pieza resecada mostró un carcinoma epidermoide lingual mostrándose fenómenos de infiltración perineural y metastasis ganglionares.
En marzo de 2005 tras una Rx de Torax se apreció un Carcinoma epidermoide pulmonar, el paciente continuó con las sesiones de radioterapia y quimioterapia con mala tolerancia.
Finalmente el proceso del paciente fue degenerando paulatinamente hasta que en febrero de 2006 falleció.